Este pronunciamiento es en respuesta a un requerimiento realizado por la organización integrante de la Mesa del Sector Público (MSP), AJUNJI Nacional, y por la Central Unitaria de Trabajadores/as (CUT).
El documento establece que el Servicio Civil no tiene las atribuciones para emitir instrucciones de esta índole (Retorno gradual) y que “es el jefe superior del respectivo servicio quien posee las facultades de dirección, administración y organización, por lo que corresponde a esa superioridad, en la actual situación de emergencia, adoptar, mantener, graduar o cesar las medidas extraordinarias de gestión de personal necesarias”.
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Saluda,
Directiva Nacional