Con relación al uso de aire acondicionado, no existe contraindicación por parte de la OMS, o el Minsal e incluso de la Res. Exe N° 43 en el numeral 47 letra g, no indica contraindicación y tampoco lo prohíbe, pero si da indicaciones de circulación de aire y generar ventilación.
Tampoco existe un protocolo ya que su uso debiera ser de acuerdo con las indicaciones del fabricante y se realizan las mantenciones por parte de administración.
En cuanto a que se debe considerar en el uso durante la jornada es lo siguiente:
- Cuando se utiliza el aire acondicionado siempre debe haber una puerta o ventana abierta para renovar el aire.
- Mantener la T° entre 22 a 24 grados para no afectar la humedad del ambiente.
- No utilizarlos en temperaturas extremas altas o bajas.
- Su utilización nunca debiera ser durante toda la jornada, debe haber tiempos de apagado.
- Se aconseja que dentro del autocuidado, mantener la hidratación a través de consumo de agua.
En contexto Covid -19 siempre debe haber tiempos de ventilación abriendo puertas y ventanas al menos 15 minutos a 1 hora para renovar el aire del espacio de trabajo.
Lo que informamos a ustedes para su conocimiento, además, para que conversen con sus jefaturas respecto del estado de mantención y uso de los aires acondicionados de sus dependencias, verificando que se encuentren al día y cumpliendo.
Se adjunta la resolución.
Los saluda,
Directiva Nacional ANPTUF.